miércoles, 27 de febrero de 2013

Un curioso documento del año 1733, de Cehegín.




Carta fechada en Madrid, 26 de septiembre de 1733, dirigida al Concejo de Cehegín. Archivo Municipal de Cehegín.


“El Consejo tiene noticia cierta de que  ha dos meses que en la calle maior de esa villa se han fabricado unos poyos a expensas de gente principal, moza y desocupada, que en ellos se sienta y pasa lo más del día haziendo divertimento de motejar y sonrojar a las personas pobres que van y vienen por allí a su comercio, de que resultan inquietudes, disensiones y inconvenientes. Y todo esto no puede produzir sino maiores daños. Y para evitarlos ordena el Consejo a vuesas mercedes que desbaraten y quiten estos poyos, semejantes a los que en otras ocasiones se han mandado derrivar. Y que den ustedes quenta de la puntual ejecución de esta orden. Dios guarde a vuesas mercedes Muchos años. Madrid, 26 de septiembre de 1733.

Justicia y Regimiento de la villa de Zehegín. “   

Esta carta se envió desde la Corte, en Madrid, presumiblemente por una denuncia presentada por los afectados, ante las burlas de los jóvenes de familias principales de la villa que se sentaban en el dicho poyo de la calle Mayor. En el transfondo de este documento parece evidente que se nos indica algo importante: la justicia local hacía caso omiso de las denuncias cuando éstas pudiesen afectar a los pudientes. Parece meridianamente claro que quien presentó la denuncia en Madrid no fue alguien pobre, sino algún afectado por burlas procedentes de algún jovenzuelo de una familia rival de la suya. Fíjese el lector en un matiz interesante. Lo que se ordena es que se derriben los poyos, pero no castigar a los burlones. Si estos jóvenes hubiesen sido de clase humilde hubieran sido, sin duda castigados, multados o posiblemente encerrados en la cárcel por injurias. Aquí se opta por una solución salomónica: quitar los poyos para que no se puedan sentar allí, en vez de castigar a los mozos.  Todo esto es una muestra de cómo funcionaban las cosas en el Cehegín de la Edad Moderna. Este tipo de denuncias puestas en el Concejo eran simplemente dejadas de lado, ya que el control concejil era total por parte de las propias familias de estos jóvenes pudientes desocupados.

1 comentario:

  1. jose m amores plasencia1 de marzo de 2013, 2:27

    .....contextualizando el documento en su momento histórico, nos encontramos situados en la segunda etapa del gobierno del PRIMER REY BORBÓN,FELIPE V, una vez finalizada la GUERRA DE SUCESIÓN al trono(1700-1714) tras la muerte, sin dejar herederos, del ULTIMO REY DE LOS AUSTRIAS CARLOS II. Aunque aparentemente nada tenga que ver, creo que este cambio es fundamental para entender el documento que nos presentas.
    Una vez finalizada la guerra el Rey Felipe V pudo dedicarse más plenamente a alcanzar sus objetivos de gobierno que eran fundamentalmente los siguientes: A.-MODERNIZACIÓN Y RACIONALIZACIÓN DE LA ADMINISTRTACIÓN. B.- MAYOR CENTRALIZACION DEL PODER en el ejercicio del PODER ABSOLUTO del monarca.C.-ELEVAR EL NIVEL EDUCATIVO, CULTURAL Y ARTÍSTICO, UNIÉNDOSE PARA ELLO EL REFINAMIENTO DE LA CORTE FRANCESA Y LA INFLUENCIA ITALIANA, por medio de su segunda esposa ISABEL DE FARNESIO.
    La situación era bien diferente al panorama de gobernación bajo LOS AUSTRIAS. Así el documento viene enviado por EL CONSEJO(supongo que de CASTILLA,aunque no lo especifica) y parece exagerado que un tema de orden público tan aparentemente trivial tenga que ser resuelto desde MADRID, lo cual es una demostración clara y evidente de la EJECUCIÓN DEL PROCESO DE CENTRALIZACIÓN y la consiguiente reducción de las competencias del CONCEJO LOCAL o del CORREGIDOR, caso de que este existiera en ese momento, como sucedía en los municipios con los AUSTRIAS, con los cuales gozaban de más prerrogativas y por tanto resultaban mucho más influenciados por el caciquismo de los poderes locales en sus mandatos y resoluciones. Y esta manifestación centralizadora es consecuencia del ABSOLUTISMO DEL REY y también de su deseo de erradicar viejos privilegios, enfrentándose a la IGLESIA,LA NOBLEZA Y SUS INSTITUCIONES.
    El REFORMISMO BORBÓNICO está inspirado en el MODELO FRANCÉS, bajo la inflencia notoria que sobre FELIPE V ejerció su abuelo LUIS XIV. Y el lema del proceso racionalizador y modernista era que el funcionariado debía obedecer, cumplir e informar de haberlo hecho con rapidez y exactitud. Se requería preparación y competencia, evitando la corrupción y primando el mérito.Por tanto, a todo ello no puede ser ajeno este documento de 1733, cuando LOS BORBONES llevaban ya 33 años gobernando en España. Creo que es el celo de alcanzar el lema de que la LEY debe ser cumplida sin excepciones y siendo la situación tratada en el documento una manifesteación clara de abuso y de opresion de los hijos de los caciques sobre las CLASES BAJAS lo que determinó al concejo o al corregidor en su caso, o a quien correspondiera, en cumplimiento de las órdenes recibidas, que se resolviese en Madrid por un poder judicial independiente este conflicto interno que demostraba las costumbres de burlarse de personas indefensas por su mera condición social de pobreza y marginación. Evidentemente la solución es salomónica como dices pero se trataba quizás de resolver un conflicto menor sin entrar en confrontación abierta con las élites locales mal acostumbradas desde antaño y ,por tanto, reacias a asimilar la nueva mentalidad que se pretendía imponer....Y además mucho ofendía a este sistema borbónico que se perpetuasen unos modales faltos de respeto y de educación que tanto chocaban con el elevado nivel cultural y el refinamiento de los cortesanos y clase nobiliaria de Francia e Italia.... mientras la REVOLUCIÓN BURGUESA ya se vislumbraba en el horizonte...

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