martes, 13 de noviembre de 2012

Acta capitular del Concejo de Cehegín, del año 1535.



Acta capitular del Concejo de Cehegín, del día 7 de marzo del año 1535, relativa a ordenanzas sobre la huerta que debían ser cumplidas bajo pena de multa. Entre otras cuestiones, se prohibía entrar ni andar por la viñas ajenas, tener animales sueltos o realizar cualquier tipo de acción que pudiera provocar daños en la huerta. Este tipo de ordenanzas eran dictadas periódicamente, de modo que se añadían unas nuevas, o se quitaban otras. Las multas en ocasiones eran muy fuertes, siempre en función del daño provocado al violar la dicha ordenanza, aunque cada violación de la misma tenía una pena determinada.

3 comentarios:

  1. Una sociedad agrícola como la de entonces tenía muy claro que el respeto a la huerta era fundamental.

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  2. Así es. Todo estaba muy regulado en ese aspecto, para evitar daños en la tierra y los cultivos, robos, etc. Un saludo.

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    1. jose maria amores plasencia15 de noviembre de 2012, 0:43

      ....lo primero que se trataría de dilucidar es el nivel de miseria de la población que conducía frecuentemente a la invasión de la propiedad ajena como forma de subsistencia de las familias sin recursos ni propiedad....
      ....lo segundo es conocer la ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD y su DISTRIBUCIÓN y evidentemente estamos en un periodo donde lo que dominan aún son los señoríos, la casta nobiliaria o aristocracia terrateniente,incluyendo la Orden de Santiago y la Iglesia; de ellos dependerían la subsistencia de la población, bien sea mediante las secuelas del VASALLAJE Y SERVILISMO de la Edad Media que es reciente,o el cobro de algún mísero jornal,o bien algún cultivo en aparcería o arriendo en condiciones poco favorables para la clase baja...teniendo en cuenta que en esta época no existe apenas una clase media que coincidiría aproximadamente con los maestros , oficios cualificados o tenderos..la denominada burguesía incipiente....
      .......lo tercero es que la población se veía frecuentemente esquilmada por hambrunas principalmente por sequías que minaban las rentas y los productos básicos del campo con los que se sobrevivía....hemos de tener en cuenta,por ejemplo la gran epidemia de la peste negra en el siglo anterior, en general las personas eran muy vulnerables a las enfermadades y el hambre....
      lo cuarto es que con la mal llamada RECONQUISTA y cuyo nombre exacto debería ser CONQUISTA,no cristiana sino de las clases poderosas que forman los señores de la guerra feudal al servicio de la monarquía castellana, se cambia completamente el sistema establecido dando lugar al sometimiento de los habitantes existentes y quedándose con sus propiedades, de forma que Cehegin quedó en un principio practicamente vacío y sin habitantes hasta que los nuevos colonos se establecieran. Una vez caido el Reino de Granada Y RESUELTOS LOS PROBLEMAS DE LA INSEGURIDAD FRONTERIZA, EL CRECIMIENTO DE LA POBLACIÓN EN CEHEGÍN en unos cuantos lustros originó de nuevo PROBLEMAS DE SUBSISTENCIA, lo que obligaba para no morir de hambre a tomar algo de la producción de los señores latifundistas, los cuales se defendieron con la medida del concejo, que al fin y al cabo eran ellos mismos, puesto que controlaban el poder político, religioso y jurídico....con ello tampoco se trata de justificar ninguna forma de bandidaje de rapiña, pero en esto dudo de quien fuera el peor....

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