viernes, 4 de febrero de 2011

El Mirador de la Plaza del Castillo, de Cehegín




La configuración de la Plaza Mayor, prácticamente, y hasta que el castillo fue derribado en el año 1957, terminó en el año 1725 con la obra del pretil y columnas. Desde el siglo XVI ya se venía exigiendo un espacio nuevo, al quedar pequeña la plaza que hoy conocemos como Vieja. En el siglo XVII se dio el impulso necesario con la construcción del nuevo edificio del Concejo, terminado en el año 1676, la construcción en este siglo XVII y posteriormente ampliación , en el siglo XVIII, del Palacio de los Fajardo y, como decimos, en el año 1725 la construcción del pretil con las columnas que hoy conocemos en el mirador. Las obras de la Iglesia Mayor no las incluimos ya que ésta se hallaba separaba de la plaza por el castillo y sólo una calle unía a la plaza Mayor con la plazoleta de la iglesia. Este era un edificio que tenía como misión embellecer la plaza, a la vez que dar lugar a un espacio donde las familias pudientes de la villa pudiesen subir y asomarse desde unas balconadas para ver los diferentes festejos que se hacían en la Plaza Mayor, como toros, bailes, etc Aunque las columnas son las del siglo XVIII, el edificio que hoy en día hay sobre ellas es de construcción moderna. Entre las columnas del mirador se instalaban, prácticamente desde que éste se construyó, las carnicerías, todavía conocidas allí durante buena parte del siglo XX.
En el espacio que había entre el mirador, el castillo y el resto de plaza se montaban los tablados para la realización de corridas de toros hasta que se construyó la actual plaza en el cabezo del Seco. En la Plaza del Ayuntamiento se realizaba el mercado semanal.

A continuación ofrecemos la lectura de un documento ilustrativo sobre la construcción del Mirador, que aparece en Acta Capitular del Concejo de Cehegín, de 22 de septiembre de 1725.


“Se propuso en este Ayuntamiento por el Señor d. Alonso López García que respecto a que la plaza y pretil desta villa se alla despoblado sin el adorno de casas correspondiente para todo xenero de funzión pública, en que las familias de las principales desta República asistan a ellas desde luego por lo que a su parte mira, concediéndole  la villa lizencia, se obliga quedando para sí y sus descendientes el uso y propiedad de obrar primero determinado arqueado con piedra franca las columnas, dexando de aire para servidumbre de la plaza por lo que mira a lo alto veinte palmos y ha de tener de latitud siete varas tomando principio donde remata la pared maestra de la casa de dª Antonia Chico, viuda de d. Salvador Martínez Gil, asta el primer poste de dicha plaza y de ancho ha de tener nueve pies, que es lo que coxen  los tablados quando ai funzión  de toros, dexándolo a satisfacción de la villa para que sirva de adorno a la plaza y servidumbre en lo presente y futuro. Dicho sr d. Alonso y sus deszendientes y por sus mercedes vista la proposición  y razones expresadas las que son justas y públicas conceden lizencia a dicho d. Alonso López García que en la forma que lo pide y propone obre en el terreno que expresa el determinado que refiera quedando a satisfacción de la villa y por de la persona que lo obrare y sus descendientes, y sirba esta conzesión con calidad  de que para el día quinze de agosto  del año que biene de setecientos veinte y seis a de estar fabricado….”

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